
La Mejor Atención
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El testamento es un acto por el cual una persona denominada “testador” por su entera voluntad y capacidad transmite sus bienes y derechos después de su muerte. Este acto es personalísimo, revocable y libre, es decir el testador tiene el poder de cambiarlo en todo momento por su entera voluntad.
- La primera etapa se conoce como “De sucesión”. En este caso se presenta el testamento ante el Juez de lo familiar de la ciudad, se cita a los herederos a una junta para designar albacea o en caso de que esté nombrado en el testamento éste tome el cargo.
- La segunda sección se llama “De inventario” y en ella el albacea presentará el inventario y el avalúo de los bienes que forman la masa hereditaria. Si el albacea no presenta el inventario dentro del término de ley, será removido de su encargo. El inventario deberá ser aprobado por los interesados o por el Juez y posteriormente se seguirá con la partición.
- La tercera sección denominada “De administración”, contiene todo lo relativo a la administración, las cuentas donde se deberán rendir los bienes y el pago del impuesto fiscal.
- La cuarta sección llamada “De partición” el albacea les entregará los bienes determinados a un heredero que el testador haya dispuesto en su testamento, siempre que garanticen, en la proporción que les corresponde, los gastos y las cargas generales de la herencia.
Este es un proceso en el cual nosotros brindaremos la atención mas profesional para evitarles pasar malos momentos.
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